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Ley FinTech. Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo.

Actualizado: 7 ago 2018

Serie: Grupo de Trabajo. Regulación Secundaria.

Viernes, 27 de julio de 2018.


Como comentamos anteriormente, las Autoridades Financieras están preparando y circulando para análisis y comentarios del ecosistema FinTech el Proyecto de diversas disposiciones de la Regulación FinTech Secundaria. Tal fue el caso de las presentadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (la “CNBV”) y discutidas los pasados 17 y 20 de julio por el grupo de trabajo, dentro del cual se encuentra Legal Paradox, S.C., así como las que se están trabajando con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.


El día de hoy tocó que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (la “SHCP”) circulara el Proyecto de las Disposiciones (las "Disposiciones") en materia de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo que regirá a las FinTech, del cual deberemos presentar comentarios el próximo 31 de julio de 2018.


Con independencia de enviar un análisis particular de las Disposiciones a cada uno de nuestros clientes, para que puedan emitir sus comentarios y sean sometidos por Legal Paradox, S.C. a consideración de la SHCP, se destacan los siguientes elementos de las Disposiciones con los que las FinTech deberán contar, en caso de que sean publicadas sin cambios:


  • Sistema de reporteo para: (i) Operaciones Internas preocupantes (las realizadas por accionistas, miembros del órgano de administración, directivos, funcionarios, apoderados y empleados de las FinTech); (ii) Operaciones Inusuales realizadas por sus clientes; y, (iii) Operaciones Relevantes de Clientes, es decir, aquellas que superen los US$5,000.00 (cinco mil dólares Moneda de Curso legal en los Estados Unidos de América)

  • Metodología de evaluación de riesgos.

  • Manual de Cumplimiento.

  • Políticas de identificación del Cliente y/o Beneficiarios. Se destaca la posibilidad de usar geolocalización.

  • Para FinTech con más de 25 colaboradores, contratados de manera directa o indirecta, deberán contar con un Comité de Comunicación y Control conformado por al menos tres miembros, de los cuales uno debe ser el Oficial de Cumplimiento. Para FinTech con menos de 25 colaboradores, las funciones del Comité las realizará el Oficial de Cumplimiento.

  • Oficial de Cumplimiento certificado por la CNBV. Es importante mencionar que, a nivel de mercado, el costo por la contratación de un Oficial de Cumplimiento Certificado puede llegar hasta los $70,000.00 (setenta mil) pesos Moneda Nacional mensuales. En atención a lo anterior, nuestra firma está trabajando en soluciones de RegTech que puedan eficientar y abaratar los procesos y costos relacionados, las cuales están siendo analizadas bajo el modelo de SandBox previsto en la Ley FinTech.

  • Sistemas automatizados. Se destacan los relacionados con la verificación de listas negras en materia de PLD/FT, regímenes fiscales preferentes y personas políticamente expuestas.

  • Políticas de capacitación y divulgación en materia de PLD/FT.

En suma, ratificamos el compromiso de Legal Paradox, S.C. al ser el único despacho especializado en FinTech, BlockChain y Crowdfunding de representar a nuestros clientes, y al ecosistema, en el establecimiento del marco regulatorio y en la prestación de servicios legales especializados de alta calidad.


Parte de lo anterior, se refleja en nuestro esfuerzo por capacitar a los miembros del ecosistema como a empresarios, la prensa mexicana e incluso a los funcionarios del Banco de México, a quienes capacitamos de la mano de la Asociación de Plataformas de Fondeo Colectivo en temas BlockChain, Open Banking, SandBox, RegTech y SupTech.


Más información en El Economista.


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